24/10/2017

Empresa tendrá que indemnizar a CNT por vulnerar el derecho de huelga

  • La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la C. Valenciana reconoce que ha existido vulneración del derecho de huelga
  • Obliga a la empresa a abonar una indemnización a CNT por daños y perjuicios.

Extracciones Levante vuelve a ser condenada en los Tribunales, esta vez, por actitudes vulneradoras del derecho de huelga. Se trata de una huelga de varios días convocada por la Sección Sindical de CNT, en diciembre del año 2014, como respuesta inmediata a los dos despidos que se produjeron los cuales "también fueron, finalmente, declarados nulos en otra sentencia", ha recordado CNT.

"El Juez de primer instancia ya reconoció que existió esquirolaje interno en la empresa durante la convocatoria de huelga", ha dicho la organización anarcosindicalista, "ya que se utilizó la movilidad de trabajadores de distintas categorías profesionales para cubrir los puestos de trabajo de los huelguistas" y, de este modo, "disminuir el impacto de la huelga de amplio seguimiento que se estaba llevando a cabo". El TSJ confirma que la empresa deberá abonar varios miles de euros a CNT en concepto de daños y perjuicios para resarcir el derecho fundamental vulnerado, aumentando la cuantía que sentenció inicialmente el Juzgado de lo Social.

CNT también alegó el esquirolaje externo, mediante la contratación de nuevos trabajadores con el fin de suplir a los huelguistas, así como la prohibición del acceso al Comité de Huelga a las instalaciones de la empresa. Desde el Gabinete Jurídico de la CNT se recurrió la sentencia en primera instancia, y "el TSJ ha reconocido parcialmente nuestras pretensiones", ha afirmado la organización sindical.

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